Apartamento en Succivo (CE) - LOTE 1
Succivo (CE)
Apartamento en Succivo (CE), Via G. Garibaldi 22 - LOTE 1
Plena e íntegra propiedad de: apartamento en Succivo (CE) Via G. Garibaldi 22, en la hoja 7, p.lla 5278, sub 1, cat A/4, cl 3, planta T-S1, 5 habitaciones - r.c. euro 198,84.
Apartamento ubicado entre la planta baja y el semisótano, de la consistencia catastral de cinco habitaciones, con doble acceso: directamente desde Via Garibaldi y desde el hueco de la escalera interna en el patio, se compone en el semisótano de un único ambiente destinado a taberna (no habitable) con trastero y baño, en la planta baja de: entrada-sala de estar, cocina, entrada-distribuidor, baño, dormitorio principal, habitación, además de un balcón-terraza de uso exclusivo, con una superficie neta interna no residencial total en el semisótano de 52,31 metros cuadrados; con una superficie neta interna residencial total en la planta baja de 101,19 metros cuadrados y una superficie no residencial (balcón-terraza de uso exclusivo) de 25,44 metros cuadrados.
El estado descrito de los lugares no corresponde a la consistencia y a la planimetría catastral, en cuanto a una distribución diferente de los espacios interiores, cambio de ventana a puerta-balcón y ampliación del balcón-terraza en la planta baja; en cuanto a una distribución diferente de los espacios interiores, cierre de ventana y ampliación en correspondencia con la ventana en el semisótano.
Todo el edificio, del cual forma parte el inmueble objeto de peritaje, fue construido sin un permiso de construcción, por lo que se presentó al Alcalde del Municipio de Succivo el 23-03-1986 con el número de protocolo 2088 una solicitud de concesión en régimen de legalización de acuerdo con la Ley 28/02/1985 nº 47, expediente nº 126/86, para la cual se emitió el Permiso de Construcción en Legalización nº 02/2019 del 27/09/2019 de acuerdo con la Ley nº 47/85. La oficina técnica ha realizado diversas investigaciones, pero hasta el momento no ha sido posible localizar el expediente de legalización mencionado (nº 126/1986). No hay órdenes de demolición para la propiedad.