Derecho de cobro frente a Sociedad SL "Empresa C"
El crédito de 201.670,00 € que ostenta Empresa A frente a Empresa C tiene su origen en una serie de operaciones societarias y mercantiles documentadas en escritura pública, y se ha generado del siguiente modo:
Deuda original (2014):
En 2014 existía un crédito vencido, líquido y exigible que pertenecía a Empresa B frente a un tercero.
Cesión del crédito a Empresa A (2014):
En diciembre de 2014, dicho crédito fue cedido por Empresa B a Empresa A como aportación no dineraria en una ampliación de capital. Desde entonces, Empresa A pasó a ser la titular del derecho de cobro.
Reconocimiento del crédito y asunción por Empresa C (2023):
En una escritura notarial de compraventa de participaciones sociales, se reconoció formalmente que el crédito seguía vigente y pendiente de pago.
En ese mismo acto, Empresa C asumió expresamente la obligación de pago frente a Empresa A, como parte del precio de la operación, comprometiéndose a abonarlo en un plazo máximo de tres meses o de forma inmediata si fuera requerido por la acreedora.
Se dispone de documentación relevante sobre el activo a la cual se puede acceder a través de un DATA ROOM. Para poder acceder es necesario firmar previamente acuerdo de no divulgación (NDA) que tiene que solicitarse enviando un correo a [email protected].
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